Nadie sabe cuántos policías municipales (locales) hay en España, aunque la cifra podría rondar los 69.000, miembros de cientos de cuerpos diferentes con normativas dispersas que el Ministerio de Interior quiere aunar en una ley básica que, en principio, no disgusta a los representantes sindicales de los agentes.
La única cifra oficial que se conoce data de 2005. En esa fecha se contabilizaban 61.867 policías locales de más de 1.800 ayuntamientos, una cantidad que los sindicatos elevan ocho años después hasta los 69.000 o 70.000 después de extrapolar al conjunto del país los incrementos que se han producido en varias autonomías.
La única cifra oficial que se conoce data de 2005. En esa fecha se contabilizaban 61.867 policías locales de más de 1.800 ayuntamientos, una cantidad que los sindicatos elevan ocho años después hasta los 69.000 o 70.000 después de extrapolar al conjunto del país los incrementos que se han producido en varias autonomías.
Porque solo algunas han respondido al requerimiento de las organizaciones sindicales agrupadas en la Coordinadora de Policías (COP), que se ha dirigido, sin éxito, a organismos y entidades como la Seguridad Social o la propia Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) para conocer los datos exactos.
Entre las comunidades con datos actualizados figura Andalucía, que
cuenta con más de 12.400 agentes locales; Cataluña, que supera los
11.000; Comunidad Valenciana, con alrededor de 10.000, o el País Vasco,
con más de 3.320. La ciudad de Madrid tiene unos 6.500.
Ley Básica de Policía Local
Con una media de edad de entre 45 y 55 años, según han recalcado
fuentes sindicales, el colectivo ha acogido con más o menos entusiasmo,
aunque no muy esperanzado, el anuncio del ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, en una reciente comparecencia el Congreso de elaborar una ley básica de Policía Local para aprovechar, dijo, el “valor añadido” de ese número de agentes.
Sea a través de esa ley, de un nuevo modelo policial o de la reforma de la Ley de Fuerzas de Seguridad del Estado,
que es la que concede a los municipios la potestad de crear cuerpos de
Policía Local, la COP, que ha elaborado un “libro azul” sobre el asunto,
tiene claros los aspectos que deben regularse.
Lo primero que la ley debería clarificar son las funciones que deben
ejercer los policías municipales, toda vez que, como ocurre con los
ayuntamientos de los que dependen, están desarrollando lo que se podía
denominar como “competencias impropias”.
Por eso, debería concretarse la distribución de competencias acorde
con las funciones de prevención, de policía judicial en faltas y delitos
menos graves, de seguridad en el entorno escolar y en materias de medio
ambiente, inmigración o siniestralidad laboral.
En suma, insisten los sindicatos, dar cobertura legal a las funciones que en la práctica están desarrollando.
Los sindicatos consultados de Andalucía, Cataluña, Comunidad
Valenciana, Madrid, Navarra y País Vasco consideran que la normativa
debería también homogeneizar la formación, el acceso y
los ascensos, la uniformidad, el color de los coches, la prevención de
riesgos laborales o la calificación como profesión de riesgo.
También el régimen disciplinario, ya que en algunas comunidades se
aplica por defecto el de la Policía Nacional. Y sobre todo, la jubilación anticipada,
el caballo de batalla de los sindicatos agrupados en la COP, que ya han
iniciado negociaciones con algunos grupos parlamentarios para conseguir
que los agentes locales accedan a la segunda actividad.
Tanto PSOE como PP “siguen sin coger el toro por los cuernos” en este asunto, asegura Juan Luis Amaro, del sindicato de ámbito nacional SPPME, para quien no parece muy lógico que un agente esté todavía en la calle a los 67 años.
El problema se agrava aún más en el caso de los municipios más pequeños, donde la plantilla es muy reducida y, como en casi todos los ayuntamientos, envejecida ante la falta de oferta de empleo.
Fin de los “paramunicipales” y “temporeros”
Otros de los problemas que el colectivo pide resolver es de las figuras “ilegales” o “paramunicipales”
que crean algunos ayuntamientos después de sacar de las bolsas de
trabajo a personas a las que uniforman para hacer labores propias de la
Policía.
Acabar con la figura del “interino” de la que “abusan” en algunas comunidades, o del policía “temporero” contratado, sin preparación alguna, para determinados periodos de tiempo, como el verano, son otras de las demandas sindicales.
La FEMP no es ajena a estas reivindicaciones, tal y como ha aseverado el vicepresidente de su Comisión de Seguridad, Julio Andrade, quien comparte la idea de una ley básica como una oportunidad de homogeneizar los diferentes cuerpos.
Por ello, ha mostrado la disposición de la FEMP a sentarse a hablar
para lograr el máximo consenso en un asunto que, según él, está al margen de las ideologías políticas y que debe respetar el marco competencial.
De este modo, Andrade cree que cualquier ley básica debe dejar la
coordinación de las policías locales de los territorios autonómicos en
manos de las comunidades, mientras que los ayuntamientos deben tener
autonomía para desarrollar su propia Policía en función de la población y
del tipo de municipio.
La COP quiere que la Policía Municipal deje de ser el “gran olvidado”
de los cuerpos policiales y, para ello, insisten, los sindicatos
profesionales tienen que ponerse detrás de la “misma pancarta”. En ello
están.
Fuente: EFE
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