lunes, 16 de junio de 2014

Equivalencia de la categoría de Agente de la Escala Básica de los Cuerpos de Policía Local al título de Técnico correspondiente a la Formación Profesional del sistema educativo general.

La Constitución Española, en su artículo 149.1.30.ª, atribuye al Estado la competencia exclusiva para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos de esta materia. 

La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, establece la participación de las comunidades autónomas en el mantenimiento de la seguridad. Dicha Ley se dicta como desarrollo de los artículos 148.1.22.ª y 149.1.29.ª de la Constitución Española que preveían la creación, en la forma que establecieran sus Estatutos, de Cuerpos de Policía en las Comunidades Autónomas, constituyéndose como el marco al que alude la Constitución y que determina las funciones, principios básicos de actuación y Estatutos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. 

También es de aplicación a estos Cuerpos lo dispuesto en el artículo 6 de la misma, en cuanto a la promoción profesional, social y humana de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y a la posibilidad de convalidación por el Ministerio de Educación y Ciencia (en la actualidad Ministerio de Educación, Cultura y Deporte) de la formación recibida en los centros de enseñanza dependiente de las diferentes Administraciones Públicas. 

Asimismo, la citada Ley Orgánica 2/1986 dispone, en el artículo 6.2.b), que los estudios de formación y perfeccionamiento de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que se cursen en los centros de enseñanza dependientes de las diferentes Administraciones Públicas, podrán ser objeto de convalidación por el Ministerio de Educación y Ciencia (en la actualidad Ministerio de Educación, Cultura y Deporte) que, a tal fin, tendrá en cuenta las titulaciones exigidas para el acceso a cada uno de ellos y la naturaleza y duración de dichos estudios.

A continuación os relacionamos varios enlaces de las Ordenes Ministeriales emitidas para distintas Comunidades Autónomas, que ya han aprobado como regular la determinación de la equivalencia de la categoría de Agente de la Escala Básica de los Cuerpos de Policía Local al título de Técnico correspondiente a la Formación Profesional del sistema educativo general:


Esperemos que pronto se apruebe tambien en Andalucía, y para eso UPLBA ya ha planteado varias iniciativas durante la negociación del borrador del anteproyecto de Ley de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía.

LAS CORTES REGIONALES DE CASTILLA-LA MANCHA ADMITEN A TRÁMITE LA PROPOSICIÓN NO DE LEY PARA EL ADELANTO DE LA EDAD DE JUBILACIÓN DE LOS POLICÍAS LOCALES Y AUTONÓMICOS

El PP en las Cortes de Castilla-La Mancha ha presentado una proposición no de ley para reclamar al Gobierno de España que realice las actuaciones necesarias para aplicar a los policías locales y autonómicos “coeficientes reductores” con el fin de que puedan jubilarse de manera anticipada. 

La proposición no de ley del grupo parlamentario popular fue calificada ayer por la Mesa del Parlamento autonómico y hoy ha sido publicada en el Boletín Oficial de las Cortes de Castilla-La Mancha. En su iniciativa, solicitan al Gobierno central que haga “los estudios y actuaciones necesarias” para modificar su legislación en materia de seguridad a través de la aprobación de dos medidas. 

La primera medida que plantea es el reconocimiento de la profesión de Policía Local como profesión de riesgo, “poniendo fin a la injusticia de una edad de jubilación que no tiene en cuenta la edad funcional, la siniestralidad en el sector, la penosidad, peligrosidad y toxicidad de las condiciones de trabajo”. Así como “la incidencia en los procesos de incapacidad laboral que genera y los requerimientos exigidos para el desarrollo de la labor policial”. 

Por otra parte, solicitan la incorporación de los policías locales y autonómicos al grupo de profesiones que le son de aplicación los coeficientes reductores en la edad de jubilación en las mismas condiciones que se contempla en el Real Decreto Legislativo 1/1994 por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

domingo, 15 de junio de 2014

PAGA EXTRA DICIEMBRE 2012; DÍA DE ASUNTOS PROPIOS PENDIENTE DE RECUPERACIÓN

PARTE PROPORCIONAL DE LA PAGA QUE NOS QUITARON EN 2012:

Numerosas Administraciones Públicas (autonómicas, diputaciones y locales) están viéndose obligadas a abonar la cuantía de la parte devengada de la paga referida en cumplimiento de las sentencias judiciales que han fallado a favor de los empleados públicos, dictaminando que es ilegal recortar dicha paga de forma retroactiva. Estas sentencias están conllevando además un significativo perjuicio a los fondos públicos de dichas Administraciones, por cuanto que están siendo condenadas a pagar las costas judiciales.

UPLB Andalucía ha solicitado por escrito al Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, que se proceda a abonar la parte proporcional de la paga a los funcionarios, correspondiente al periodo del 1 de junio al 15 de julio (ver escrito abajo).
Por nuestra parte seguimos pendientes de que la Audiencia Nacional o el Constitucional resuelvan sobre el tema, pero el Gobierno sigue diciendo que pretende devolverla por partes sin mencionar plazos, ya veremos si el próximo año electoral es positivo. Al hilo de esto, ha surgido el anuncio de la junta donde se dice que pretende abonar las pagas extras: 
Esto no tiene nada que ver con la devolución de la de 2012, ni siquiera con la parte devengada . Ésto es porque la Junta la viene quitando en las pagas extras a sus funcionarios en 2013 y 2014, y claro para 2015 anuncia que NO VAN QUITAR NADA. ¿Será quizás porque hay elecciones autonómicas?.

NUEVO DÍA DE ASUNTOS PROPIOS: 

El ministro Montoro anunció públicamente que iban a devolver un nuevo día de asuntos propios a los funcionarios, de los que nos quitaron en el 2012. El procedimiento legal sería a través de una disposición adicional en el Proyecto de Ley de Reforma de las Administraciones. Este proyecto de Ley entró en el Senado a finales de mayo, después debe volver al Congreso. Una vez que se publique en el BOE, tendríamos ese día más de asuntos propios que podríamos disfrutar este mismo año. Os mantendremos informados.