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jueves, 28 de octubre de 2010

El Gobierno recorta de nuevo el sueldo a los funcionarios en 2011

Los Presupuestos contienen una ingrata sorpresa para los funcionarios. El Gobierno recorta otra vez los sueldos públicos respecto a 2010, al extender la rebaja en la extra de diciembre a las dos pagas extra de 2011. Además, deja la puerta abierta a nuevos recortes salariales

A lo largo de las últimas semanas, un creciente temor se había extendido entre las plantillas de las administraciones públicas: el miedo a un nuevo recorte de sueldos en 2011, más allá del aplicado en el presente ejercicio (un 5% de media). Y no les faltaba razón, a la vista de lo que establece el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2011.

El texto esconde un recorte adicional de los sueldos públicos para el próximo ejercicio. Se trata de una rebaja sutil, y ha sido ocultada deliberadamente por el Ejecutivo que preside José Luis Rodríguez Zapatero, según denuncian fuentes del funcionariado.

El pasado mayo, el Gobierno aprobó un Real Decreto que establece un recorte medio del 5% interanual en los sueldos públicos de 2010, al tiempo que se comprometía a "congelar" tales retribuciones en 2011. Sin embargo, los PGE del próximo ejercicio, aprobados por el Congreso, desmienten tal promesa.

El texto incluye un particular truco para aplicar una rebaja adicional. A partir del pasado junio, los empleados públicos cobran de media un 5% menos en sus nóminas, al tiempo que sufrirán una rebaja sustancial en la paga extra del próximo diciembre -de hasta el 46% para los funcionarios del máximo nivel (A1)- con el fin de compensar a la baja las retribiciones percibidas hasta mayo. De este modo, el recorte medio será del 5% en el conjunto del año.

Hasta aquí todo correcto. El problema, sin embargo, reside en que el recorte de la paga extra de diciembre se mantendrá intacto en las dos extras de 2011 (junio y diciembre) con lo que, en realidad, los funcionarios cobrarán menos que en 2010. Es decir, el próximo año los funcionarios seguirán cobrando de media un 5% menos en su sueldo mensual respecto a 2009, pero se verán afectados por un recorte adicional en la paga extra de junio, de modo que verán mermada su retribución anual respecto a 2010.

La clave reside en el artículo 26 de los PGE:

Las pagas extraordinarias, que serán dos al año [...] Cada una de dichas pagas incluirá las cuantías de sueldo y trienios fijadas en el artículo 22.Seis.2 de esta Ley y del complemento de destino mensual que se perciba.

¿Y qué dice el artículo 22.Seis.2?

Los funcionarios percibirán, en cada una de las pagas extraordinarias de los meses de junio y diciembre en el año 2011, en concepto de sueldo y trienios, las siguientes cuantías:

Pagas extras de junio y diciembre de 2011


El Real Decreto de mayo mantiene intacta la extra de junio de 2010, pero recorta sustancialmente la de diciembre. El Gobierno extiende ahora dicho recorte a la extra de junio y diciembre del próximo año, aplicando así un recorte adicional a los empleados públicos en 2011.

Recorte de entre el 1% y el 2%

Todo ello se traducirá en un recorte adicional de sueldos de entre el 1% y el 2% respecto a 2010, según las primeras estimaciones realizadas por la Federación de Cuerpos Superiores de la Administración Civil del Estado (Fedeca). De este modo, los altos funcionarios vienen a confirmar la denuncia que realizó el Sector Nacional de Enseñanza (CSI-F) el pasado 4 de octubre, en donde ya se avanzaba esta trampa, ocultada por el Ejecutivo, para recortar aún más los sueldos públicos.

"Pensábamos que la paga extraordinaria de diciembre 2010 estaba afectada al trasladar los recortes de todo el año lo que no se había descontado durante los cinco primeros meses. Pero, de eso, nada de nada", denunciaba entonces este sindicato. "Las pagas extraordinarias de junio y diciembre de 2011 van a sufrir profundos recortes que van a ahondar más en la enorme brecha que este Gobierno está produciendo en nuestros salarios".

Se confirman así las dudas que existían en el sector desde el tijeratazo de mayo. "Ya nos temíamos nuevos recortes cuando reunieron a la Mesa de la Función Pública y se negaron a explicarnos qué pasaría en 2011 con las pagas extras, aludiendo que lo veríamos cuando se aprobara el Proyecto de Ley [Presupuestos]. Hoy comprobamos con verdadero estupor que nuestros sueldos van a sufrir un nuevo recorte". Para el CSI-F es un hecho "doblemente grave porque supone un nuevo incumplimiento de la legislación vigente, lo que demuestra una vez más la desconsideración de la que somos objeto últimamente los funcionarios por este Gobierno", añadía.

No se descartan nuevas rebajas

Por otro lado, según señala a Libertad Digital el portavoz de Fedeca, Rafael Coloma, los Presupuestos no contemplan, en ningún caso, "congelación de salarios" para 2011. Y es que, el apartado relativo al gasto de personal señala, explícitamente, que los sueldos públicos "no experimentarán incrementos" respecto a 2010. Es decir, el Gobierno tan sólo dice que no subirán, con lo que "deja la puerta abierta a recortes adicionales a los ya aprobados el pasado mayo". Ante tales hechos, no es de extrañar la incertidumbre y el temor que se ha extendido entre los empleados de la Administración Pública.

En diciembre de 2009, y a la vista de lo que estaba ocurriendo en otros países azotados por la crisis, ya se veía venir un recorte salarial para los empleados públicos, tal y como avanzó LD. Ahora, el Gobierno vuelve a recortar sueldos en 2011 y, de hecho, no descarta rebajas adicionales, ya que tan sólo se limita a establecer que las retribuciones no subirán.

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La Audiencia Nacional lleva al Tribunal Constitucional el recorte a los empleados públicos


La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha acordado por unanimidad presentar ante el Tribunal Constitucional cuestión de inconstitucionalidad sobre el decreto antidéficit en el que se recorta el salario de los empleados públicos.

En un auto conocido este jueves, la Audiencia aclara que se refiere expresamente a los empleados públicos (no funcionarios) de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre, unos 1.700, por lo que "no constituye precedente" para la reducción de las retribuciones de funcionarios, al diferenciar la Sala entre la negociación colectiva de funcionarios y la del personal laboral.

Así, la Sala concluye que funcionarios y laborales tienen dos regímenes de negociación colectiva totalmente diferentes y precisa que cuando, por causa grave de interés público derivada de una alteración sustancial de las circunstancias económicas, las administraciones públicas suspendan o modifiquen el cumplimiento de acuerdos y pactos ya firmados, únicamente se verán afectados los acuerdos de funcionarios.

En el auto, la Audiencia vuelve a expresar sus dudas sobre la constitucionalidad del recorte salarial a los empleados públicos por una posible vulneración del derecho de libertad sindical en lo concerniente al derecho a la negociación colectiva, así como del derecho de igualdad. Los magistrados entienden que no corresponde al tribunal juzgar sobre los criterios de oportunidad de las políticas del Gobierno y de si son acertadas o no, aunque aclaran que sí están obligados a valorar si concurren o no las razones de extraordinaria y urgente necesidad para ejecutar las medidas promovidas en el decreto antidéficit.

En este sentido, aseguran que sí, que eran urgentes dichas medidas, pues de no haberse acometido, los ataques especulativos contra la economía española "se habrían intensificado". Ahora bien, la Sala puntualiza que para que el Gobierno pueda dictar disposiciones provisionales con forma de decretos-leyes debe respetar el contenido esencial del derecho a la negociación colectiva, que forma parte del derecho de libertad sindical.

En resumen, los magistrados señalan que la Ley puede estar por encima del convenio, siempre y cuando se respete el contenido esencial del derecho a la negociación colectiva. Así, no creen constitucionalmente posible que se pueda suspender, modificar o suprimir un convenio colectivo a través de un decreto-ley aunque haya razones de extrema gravedad, puesto que afecta al contenido esencial de los derechos fundamentales de libertad sindical y negociación colectiva. Según la Audiencia, la norma se podría haber salvado constitucionalmente si las Cortes la hubieran tramitado como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia.

Vulneración del derecho de igualdad

El pasado 7 de octubre, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional dictó una providencia en la que ya manifestaba sus dudas acerca de la constitucionalidad de la redacción dada al artículo del decreto de medidas antidéficit que hacía referencia a la rebaja del sueldo de los empleados públicos. La Audiencia entiende además que la disposición adicional novena del decreto antidéficit podría asimismo afectar al contenido esencial del derecho de igualdad al excluir del recorte salarial al personal laboral no directivo de entes públicos empresariales como Adif, Renfe y AENA.

En este sentido, el tribunal entiende que dicho trato diferenciado carece de la más mínima justificación, por lo que también plantea cuestión de constitucionalidad por este motivo. Las soluciones que proponen los magistrados en este sentido son tres: suprimir la citada disposición, extenderla a todo el colectivo discriminado o dictar sentencias de inconstitucionalidad meramente declarativas para que sea el legislador el que opte por la supresión o extensión. La Sala se inclina por la segunda opción (extenderlo a todo el colectivo) al entender que el trato desigual injustificado a situaciones legales no está en el poder de disposición del legislador, que está vinculado obligatoriamente a los derechos fundamentales.