EL MINISTERIO FISCAL CAMBIA SU CONSIDERACIÓN INICIAL DE FALTA POR UNA IMPUTACIÓN DE EXPRESIONES OFENSIVAS GRAVES
El pasado mes de enero el UPLBA CADIZ denunció como acusación
particular a “Karlos Puest” por la comisión de un presunto delito de injurias
graves vertidos contra el colectivo realizados a través de sus videos en
Youtube, oponiéndose en un principio a tal consideración el Fiscal.
En primera instancia se acordó la incoación de Juicio de
Faltas y en el acto del juicio el letrado del Sindicato instó la transformación
en Diligencias Previas por entender que los hechos podían ser constitutivos de
un presunto delito de INJURIAS GRAVES del art. 504.2 y 208 del C.P.
Días posteriores, tras el visionado de los vídeos, su
Señoría acordó que los hechos enjuiciados podían ser constitutivos de DELITO y
no de una mera FALTA, ordenando INCOACIÓN DE DILIGENCIAS PREVIAS.
Tras dicho auto, la abogada del imputado interpuso Recurso
de Reforma contra el mismo interesando el enjuiciamiento como una FALTA, a lo
cual el Letrado de esta acusación particular se OPUSO así como también desde el
Ministerio Fiscal que impugna dicho Recurso de Reforma.
El Magistrado ratificando en su totalidad los fundamentos
del Auto recurrido, ACUERDA DESESTIMAR ÍNTEGRAMENTE EL RECURSO DE REFORMA, por
entender que los hechos objeto del proceso presentan caracteres de delito, al
haber ido el denunciado mucho más allá de una crítica y no existir un derecho
al insulto.
Además el imputado potencia su mensaje crítico a través de
descalificaciones groseras gratuitas y graves, sin que el carácter ofensivo e
ilícito pueda diluirse bajo a el autodenominado “tono gaditano”.
Así mismo, el Ministerio Fiscal en su escrito de imputación
indica que las expresiones ofensivas vertidas deben reputarse como graves “al
tener en cuenta la insultante significación de las mismas, su reiteración y el
daño susceptible de causar. Las expresiones son de forma objetiva gravemente
ofensivas para los integrantes de la Policía Local y ante la evidencia y
gravedad de los insultos, que son objetivamente por si mismo deshonrosos,
difamantes y desacreditadores de las personas o institución a las que se dirigen,
el ánimo de injuriar está ínsito en ello y se deduce de su propio sentido y
contenido”.
UPLBA CADIZ seguirá hasta el final, porque cada cual debe ser
responsable de sus hechos y de sus palabras, e intentará que no le salga
gratis tales descalificativos.
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