lunes, 3 de octubre de 2011

La justicia contradice a Sorroche en el cambio de puesto a un policía .

La justicia contradice a Sorroche en el cambio de puesto a un policía

Viernes, 30 de Septiembre de 2011 
I. Masel .

La Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO ha mostrado su satisfacción tras conocer la ejecución provisional de la sentencia por la que se devuelve a su puesto anterior al policía local que estaba destinado en el mercado de San José y al que se le había cambiado de puesto tras el desembarco en la Jefatura de José Antonio Sorroche, tal y como en su día publicó este medio.

En un comunicado de prensa, la FSC destaca que esta sentencia “da la razón al funcionario, que fue cambiado de puesto arbitrariamente por el jefe accidental”, indica. “Haciendo un poco de memoria en el momento del cambio, el diálogo entre la Jefatura accidental y este sindicato era prácticamente inexistente, por lo que se mantuvo una reunión con la Dirección General de Recursos Humanos y las partes en litigio, que resultó ser una pérdida de tiempo por la negativa del señor jefe accidental a reconocer que la decisión tomada en relación a ese tema no se ajustaba a derecho”, añade. Con las posturas marcadas y sin posibilidad de arreglo alguno, el sindicato decidió recurrir a la vía judicial. “Después de diez meses los tribunales han dado la razón a nuestra demanda y por consiguiente se ha producido la reincorporación inmediata del funcionario al destino del que nunca debió de ser trasladado”, apuntan.

Los tribunales dan así la razón a las tesis defendidas por el sindicato frente a los cambios que se ordenaron en la Jefatura. Este es el primero de los casos con fallo favorable que se dicta y se ejecuta, aunque el sindicato recuerda que hay más denuncias contra los movimientos hechos por Sorroche. “Esta sentencia con fallo favorable es la primera resuelta de una serie de denuncias que se han interpuesto contra el jefe accidental de la Policía Local y en cuanto sea firme deberá de hacerse extensiva a todos estos policías, en virtud de la aplicación del artículo 110 de la ley de jurisdicción de lo contencioso-administrativo”, apunta en la nota.

El final del cortijo particular

CCOO entiende que el conocimiento de esta sentencia debería hacer reflexionar a quienes “dirigen tanto políticamente como técnicamente determinados servicios, que por su importancia no pueden hacer de estos su cortijo particular y más aún cuando estos cambios se hacen a sabiendas de su irregularidad”, denuncia.

La Federación aprovecha además para felicitar al funcionario por esta sentencia “favorable a sus intereses profesionales y por haber soportado todo tipo de presiones”.


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