lunes, 12 de mayo de 2008

Prensa: CONTROL INTERNO PARA LA POLICIA LOCAL


Rubalcaba sugiere un control interno para Policía Local similar al de las FSE

Ha recordado que la Policía y la Guardia Civil "tienen sus propios sistemas de control interno, que funcionan muy bien, son independientes, trabajan muy a fondo y corrigen rápidamente" casos como el de la Policía de Coslada

El ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, ha sugerido hoy la conveniencia de establecer en las policías locales un sistema de control interno similar al que existe en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para evitar casos como el ocurrido en la localidad madrileña de Coslada.

Rubalcaba, en declaraciones en Telecinco, se ha referido a la denominada "operación Bloque" contra la corrupción policial en la que se ha detenido a una veintena de policías locales de Coslada, entre ellos a su máximo responsable.

El titular de Interior, que ha calificado de brillante la labor del Cuerpo Nacional de Policía, ha reconocido la dificultad de establecer controles internos en las policías locales, que "son muy pequeñas de tamaño".

Para Rubalcaba, además, si ocurre como en este caso que el jefe está presuntamente implicado "la cosa es mucho más complicada", ya que en su opinión un jefe que se corrompe, lo que hace es corromper al conjunto de la institución.

Rubalcaba cree que lo que se debería aprender de este caso es la manera de crear algún tipo de instancia que pueda entrar en estos asuntos fácilmente, o por lo menos tan fácilmente como entran las unidades de control interno de la Policía y la Guardia Civil en sus correspondiente problemas.

El ministro ha recordado que la Policía y la Guardia Civil "tienen sus propios sistemas de control interno, que funcionan muy bien, son independientes, trabajan muy a fondo y corrigen estas cosas rápidamente", cuando se producen dentro de sus Cuerpos.

No obstante, ha recalcado que en las fuerzas de seguridad, como en toda organización humana, puede haber algunas "manzanas podridas", pero están dentro de "un cesto enorme de manzanas sanas"

"Puede pasar, lo importante es que se esté encima y en este caso se ha estado, aunque es verdad que es sorprendente que hayamos tardado tanto en hacerlo", ha concluido Rubalcaba.

Publicado en Europasur el 12/05/08

domingo, 11 de mayo de 2008

Modificación parcial del Reglamento General de Conductores (Recordatorio)


􀂃 Se elimina el plazo máximo de cuatro años para poder renovar los carnés caducados

􀂃 Para motos, se fijan exámenes teóricos y prácticos en vías abiertas a la circulación

􀂃 Se aumenta a 15 años la edad mínima exigida para conducir ciclomotores y a 18 para transportar pasajero en ellos

􀂃 En los exámenes teóricos, habrá más de una respuesta correcta a cada pregunta y se aumenta a 6 el número de errores permitidos


Las modificaciones del Reglamento aprobadas entrarán en vigor el día 1 de septiembre de 2008, excepto lo referido a los carnés recaducados que lo hará al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y la modificación referida a los exámenes teóricos que se aplicará mediante orden ministerial.

.- El Consejo de Ministros en su reunión del 25 de enero de 2008 ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica parcialmente el Reglamento General de Conductores.

sábado, 10 de mayo de 2008

POLICIA LOCAL + EDAD = “INSEGURIDAD”

El pasado día 16 de abril, a las 12´00 horas, fue presentado por el Dr. Javier Sanz González (Director de la Cátedra FREMAP-UEM de Investigación, Desarrollo en Medicina del Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales) en el Hotel Occidental Miguel Ángel de Madrid, un estudio encargado por la Confederación de Seguridad Local, tendente a determinar el deterioro de las condiciones psicofísicas que sufren los Policías Locales, asociado a la edad y su repercusión en la salud en el citado colectivo.

En su exposición, el Dr. Sanz destacó que en la elaboración del estudio han participado servicios de Policía Local pertenecientes a Ayuntamientos de todo el Territorio Nacional, estando representadas todas las CC.AA. La duración del estudio ha sido de un año, participando en el mismo un total de 643 plantillas de Policía Local y 41.684 Agentes, correspondientes a todas las categorías profesionales, todas las franjas de edad y de ambos sexos, participando tanto Policías Locales de grandes ciudades como de núcleos de menor población.

Un dato que el propio Dr. Sanz tildó de significativo y relevante, es que el estudio se ha realizado sobre Policías Locales en activo, es decir, que en el momento del estudio no se encontraban en situación de incapacidad temporal ni permanente, por lo que se puede determinar que el grupo de Policías Locales sobre el que se ha realizado la muestra se puede denominar como el “de mejor salud”.

El estudio determina una serie de datos de gran relevancia, destacando, entre otros:

- Uno de cada dos Policías Locales refiere presentar alteraciones en el sueño (48´58 %) y un 39´66 % se nota tenso o irritable.

- Cada Policía Local acudió al médico durante el año anterior, una media de 2´65 veces.

- De los Policía Locales que acudieron al médico el año anterior, el 91,78 % de ellos, al menos en una ocasión, lo hicieron por problemas de salud derivados de su trabajo.

- Casi uno de cada dos Policías Locales (48´27 %) ha tenido en el período de los dos últimos años un accidente de trabajo, superando, incluso, los datos ofrecidos para la ocupación de “Defensa y Seguridad” por la VI Encuesta Nacional de las Condiciones de Trabajo.

- El 65 % de los Policías Locales han tenido problemas con el estrés, siendo éste un factor de primer orden en el proceso de envejecimiento funcional del individuo.

- El deterioro psicofísico hace que en un colectivo con una edad media de 39´9 años, sólo un 35 % superarían las pruebas físicas de acceso al cuerpo.

Resalta como importante conocer la edad funcional profesional del individuo, no la edad cronológica, sino aquella edad que le permite cumplir con la totalidad de las tareas propias de la profesión de Policía Local. El estudio demuestra de una forma científica, la existencia de un deterioro progresivo del organismo según avanza la edad, estableciendo como en el colectivo de Policía Local, esta disminución de condiciones psicofísicas, puede afectar a la realización de sus funciones.

El trabajo de Policía se ha asociado siempre, desde un punto de vista médico, a un trabajo estresante, interviniendo esta situación en los procesos de agotamiento psicológico y de igual forma en el deterioro de otras capacidades físicas. Este aspecto incide sobre la edad funcional del Policía, alejando su edad biológica de la verdadera edad cronológica, alterando negativamente la capacidad vital forzada, la tensión arterial sistólica, la globulina sérica y los tiempos de reacción. Estos parámetros se muestran como fundamentales en el servicio diario de un Policía Local, debido a existir siempre un elemento asociado a la incertidumbre en sus tareas diarias, teniendo que convivir con imprevistos en los que el tiempo de reacción resulta de vital importancia, encontrándose éste manifiestamente ralentizado a partir de determinada edad.

El Estudio demuestra el deterioro en la percepción de sentidos, tan importantes para el desarrollo de las funciones de un Policía Local, como son la capacidad visual y la audición.

Este deterioro se produce también en los procesos de la esfera psiquiátrica (la edad media del grupo que ha requerido tratamiento por ansiedad es de 43´85 años, y para la depresión de 45´22 años), lo que incide de manera importantísima en una profesión que conlleva el manejo de armas diariamente.

Analizando la relación del trabajo de Policía con la edad, ésta se muestra como la principal variable que se asocia al envejecimiento funcional profesional, resultando que en edades alrededor de 40 años comienza en el Policía Local un deterioro funcional claro, y como, por encima de los 55 años de edad, la capacidad funcional de un Policía Local para cumplir la mayor parte de sus funciones, se encuentra mermada significativamente, pudiendo afectar a su propia salud y a la seguridad sobre terceros.

Concluyendo este Estudio, en la afirmación de que resulta altamente improbable que un Policía Local por encima de la edad de 55 años se encuentre con las adecuadas capacidades psicofísicas para poder desarrollar sus funciones sin riesgo para su salud ni para la de terceros, en definitiva, por encima de la edad de 55 años existe un claro deterioro psicofísico de tipo funcional profesional, que impide que el servicio de Policía Local sea efectivo.

Una vez finalizada la exposición por el Dr. Sanz se abrió un turno de preguntas en el que los asistentes se mostraron muy participativos, coincidiendo todos en la profesionalidad y rigurosidad con la que se abordó este estudio, respondiendo el Doctor con solvencia a todas las dudas y cuestiones planteadas.

Al acto acudieron Delegados de todas las Organizaciones Sindicales que componen la Confederación de Seguridad Local, además de Delegados de COP (en la que está integrada UPLB-A), y el Presidente Nacional de la Asociación de Medicina del Trabajo.



POLICIA LOCAL + EDAD = “INSEGURIDAD”

miércoles, 7 de mayo de 2008

Nota de prensa-Agresión a un Policía Local

APOYO DE USPLA-UPLB-A AL POLICIA AGREDIDO Y SOLICITUD DE APOYO JURIDICO AL MISMO

A raíz de la alevosa agresión sufrida por un Policía Local, fuera de servicio, USPLA-UPLB-A quiere mostrar su apoyo incondicional a éste y a toda la Plantilla de profesionales que forman parte de la Policía Local, que no sólo tienen que afrontar los riesgos inherentes a su profesión, durante su servicio, sino que también los tienen que afrontar fuera de su jornada laboral, debido a las repercusiones derivadas de este.

En este sentido USPLA-UPLB-A va a proponer al equipo de gobierno que el Ayuntamiento preste todo el apoyo jurídico posible al Policía agredido o que incluso se plantee la posibilidad de personarse como acusación particular en este caso, ya que, aunque la agresión se efectuó estando el Policía fuera de servicio, fue debida a su condición como tal y a consecuencia de una actuación realizada mientras se encontraba trabajando.

Ver nota en Diario Sur o Diario de Algeciras.es

sábado, 3 de mayo de 2008

Primeras actuaciones de la P. Local de Algeciras al amparo de la modificación del Art. 384 del Código Penal


EUROPASUR
Antes de la una de la madrugada (00:30) se identificó en Algeciras a una mujer que conducía sin tener permiso. Fue localizada por la Policía Local de Algeciras. La algecireña, de 28 años, conducía un Seat Córdoba cuando fue interceptada en la calle Andalucía, a la altura de la rotonda del Tropezón. Los agentes le solicitaron la documentación durante un control de prevención de la seguridad vial y de colaboración con la Dirección General de Tráfico. La conductora ha quedado en libertad a la espera de la celebración de un juicio rápido.

Este mismo cuerpo también detuvo a las doce del mediodía a un hombre boliviano, que además de no tener permiso de conducir permanecía de manera irregular en España. Su localización se produjo en la calle San Bernardo. Conducía un Hyunday Coupé y fue detenido por su estancia irregular en España.

Estas son las primeras intervenciones de la Policía Local al amparo de la entrada en vigor del párrafo segundo del artículo 384 del Código Penal(**), el único precepto de la reforma penal en materia de seguridad vial que no estaba aún vivo.

Publicado en EuropaSur el 02/05/08



(**)Artículo 384

El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

Las mismas penas se impondrán al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.

Esta modificación entró en vigor el 1 de mayo de 2008 según disposición final tercera de la Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de seguridad vial.

AMPLIACION DEL TEMA EN "PUNTO CERO"

Convocatorias de 2 plazas de Subinspectores y 2 de Oficiales

Abierto el plazo para presentación de instancias para optar a dichas plazas.

SUBINSPECTORES: 20 días a partir del día 3/05/08.

OFICIALES: 20 días a partir del día 2/05/08.

martes, 29 de abril de 2008

CODIFICADOS DE INFRACCIONES

EN LA COLUMNA DE LA DERECHA, DEBAJO DEL APARTADO "LEGISLACIÓN" PODEIS ENCONTRAR VARIOS CODIFICADOS DE INFRACCIONES, SOBRE DIVERSAS MATERIAS, QUE OS PUEDEN SER ÚTILES PARA VUESTRO TRABAJO.

ESPERAMOS QUE OS SEAN DE UTILIDAD