jueves, 6 de febrero de 2014

Un día de permiso más para los funcionarios

En la Resolución de 28 de diciembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos, en su apartado 9.8 se recoge: "...los calendarios laborales incorporarán cada año natural, y como máximo, un día de permiso cuando alguna o algunas festividades laborales de ámbito nacional de carácter retribuido, no recuperable y no sustituible por las Comunidades Autónomas, coincidan con sábado en dicho año. 
  Por resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y con anterioridad al día 28 de febrero de cada año se determinará, cuando proceda, la incorporación los días de permiso a que se refiere este apartado y se establecerán las instrucciones que, en esta materia, deben respetar los citados calendarios laborales."

En base a lo antes expuesto el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha publicado hoy la siguiente Nota de Prensa:


El Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, recoge en su articulo 142 que: "Los funcionarios de la Administración local tendrán derecho a las recompensas, permisos, licencias y vacaciones retribuidas previstas en la legislación sobre función pública de la Comunidad Autónoma respectiva y, supletoriamente, en la aplicable a los funcionarios de la Administración del Estado".

sábado, 1 de febrero de 2014

Sentencia del TSJA a favor de un agente de la Policía Local

De "ejemplar" califica el Sindicato de Policía Local Independiente (Spli) la sentencia de la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que reconoce como accidente de trabajo las consecuencias sufridas por un agente del cuerpo municipal cuando intervino en una situación de comisión de delito cuando no estaba de servicio. 

De esta forma el Tribunal, sostiene el SPLI-UPLBA, falla contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería de la Seguridad Social, la mutua de accidente Zaragozana y el Ayuntamiento de San Fernando, que dejaron desamparado a un agente de la Policía Local isleña y se negaron a reconocer como accidente de trabajo la incapacidad derivada de su actuación. El sindicato recuerda que la actuación de estos responsables obvió en su momento la Ley Orgánica 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en cuanto a la imposición de la obligación de intervención en cualquier momento o lugar, se encuentre o no de servicio, en defensa de la Ley y de la Seguridad Ciudadana. La sentencia, explican en un comunicado, expone que "sería impensable mantener la inactividad de un policía local o autonómico ante la evidente y flagrante apariencia de comisión de un delito, sólo por el hecho de que deban esperar la correspondiente autorización administrativa". 

Ante estas explicaciones el TSJA decide en su fallo considerar la enfermedad producida a consecuencia de la actuación como accidente de trabajo -a los efectos del artículo 115.1 de la Ley General de la Seguridad Social-, y a las consecuencias derivadas del mismo. Estos representantes sindicales recuerdan que en este caso concreto se le llegó a causar al agente una serie de perjuicios "tanto económicos como psicológicos", e incluso no se le prestó la asistencia letrada que se le reconoce por el acuerdo de funcionarios vigente. Para el Spli, los efectos de la sentencia no sólo son un logro para este agente, sino para todo el colectivo de Policía Local, pues "se les reconoce y garantiza sus actuaciones en situaciones similares". "Son numerosos compañeros los que han solicitado información al respecto, al existir otros casos similares de desamparo de compañeros de otras localidades", finalizan.



viernes, 24 de enero de 2014

El Sindicato de la Policía Local, USPLA-UPLBA, denuncia "despilfarro" y deficiente organización en el cuerpo


Deficiente organización y distribución de efectivos en la Policía Local de Algeciras 

La plantilla de la Policía Local de Algeciras no cumple la ratio de Policías por habitantes recomendada por la Unión Europea, lo que unido a la deficiente distribución de efectivos da lugar a situaciones de escasez de personal en determinadas franjas horarias, como son las noches, los fines de semana y festivos. 

Entre los factores que influyen en la disminución de Policías en determinados tramos horarios podemos destacar la ausencia de promociones de nuevo ingreso desde hace varios años, el desmesurado aumento de personal policial operativo destinado a turnos 5x2 (de lunes a viernes, mañanas y tardes), el envejecimiento paulatino de la plantilla y el incremento del cuadro de mandos. Paradojicamente, y proporcionalmente, el personal operativo de mas edad es el que trabaja en turnos de tardes, mañanas y noches, las 24 horas del día, los 365 días del año. En estos turnos trabajan la mayoría de los Policías que tienen entre 45 y 55 años, lo que conlleva que el número de efectivos destinados a turnos se vaya reduciendo paulatinamente, por el cumplimiento de la edad reglamentaria para pasar a la situación administrativa de 2ª actividad (a los 55 años) y por no cubrirse, en estos turnos, las vacantes que se producen por este motivo. 

La referida falta de personal, la deficiente organización y distribución de los efectivos de la Plantilla de la Policía Local de Algeciras, así como la nefasta planificación de los servicios de Libre Disponibilidad motivan lo que USPLA-UPLBA entiende como un “despilfarro” del dinero público, al abusarse de la utilización de horas extraordinarias y de los complementos de prolongación de jornada (estos últimos han aumentado en casi un 200 % en los últimos tiempos).
 

domingo, 19 de enero de 2014

SPLL-UPLBA denuncia al Ayuntamiento de La Linea para que se valore correctamente a la plantilla

La organización adelanta que la vista se celebrará en marzo. Lamenta que la alcaldesa es consciente de las desigualdades y no afronta con responsabilidad un instrumento como la RPT

El Sindicato de la Policía Local de La Línea (SPLL) y la Unión de Policía Local y Bomberos de Andalucía (UPLBA) anunciaron ayer que la vista por la denuncia al Ayuntamiento linense por la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) se celebrará en marzo. Las organizaciones reclamaron en su denuncia a la Administración local que se valore de manera correcta a la plantilla municipal. 

"SPLL-UPLBA reclamó por escrito la RPT y obtuvo silencio por parte de la Administración", dijo el sindicato en un comunicado, en el que aseguró no entender cómo la alcaldesa, Gemma Araujo, "consciente de las desigualdades que se dan en la plantilla municipal no afronta con responsabilidad algo que, además, ha sido solicitado por funcionarios habilitados nacionales y que es instrumento fundamental para poner en orden un Ayuntamiento que tras dos años y medio de gobierno adolece de los mismos problemas estructurales y organizativos". 

Con este comunicado, el SPLL-UPLBA quiso expresar el descontento de la plantilla de la Policía Local. "Se dan discriminaciones en cuanto al pago de la nocturnidad, festivos y otros conceptos que no se nos tienen valorados, dándose la situación de que los funcionarios están por debajo del complemento de destino que les corresponden", aseguró el sindicato linense. 

Además, la organización recordó que el problema de las nominas no se resuelve, con el agravante que en el mes de enero se les recortará un 15% del especifico o plus convenio. "Este sindicato manifiesta la intranquilidad y desasosiego ante la falta de noticias del plan de ajuste, que si es afirmativo, será un rescate del gobierno central en toda regla, obtenido con el sacrificio de los trabajadores", puntualizó. 

El pleno municipal aprobó el 27 de diciembre la RPT, con el voto en contra de Izquierda Unida, que indicó en su turno de palabra durante la sesión que ese documento deja muchos aspectos en el aire, como la arbitrariedad de algunas retribuciones y subidas que no tendrían cabida por incumplir la normativa en los presupuestos de 2013. El Partido Popular se abstuvo al asegurar que la RPT era "de puro trámite" y que no aportaba nada nuevo. La alcaldesa indicó que era una "foto fija, sin Photoshop" de la situación de los trabajadores municipales para que estos no perdieran los 408 euros de los complementos declarados ilegales por el informe de la Cámara de Cuentas. 

Ahora, SPLL-UPLBA le pregunta a la alcaldesa cuál es la razón por la que no se publica en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).



Fuente: Europa Sur

miércoles, 15 de enero de 2014

Convocada una plaza de subinspector que se quedó desierta en una promoción interna

El Ayuntamiento de Algeciras ha convocado una plaza de subinspector de la Policía Local que se quedó desierta en una promoción interna que se desarrolló en el segundo semestre del año pasado. Entonces salieron a concurso-oposición tres, pero sólo se presentaron dos aspirantes, que ya juraron su cargo. En esta ocasión podrán aspirar a ese puesto de subinspector vacante oficiales de todos los cuerpos de Policía Local de la comunidad autonóma. 

La convocatoria de la plaza se publicó ayer a través del Boletín Oficial de la Provincia (BOP). Será un concurso-oposición por movilidad vertical. Los oficiales deben llevar al menos dos años en esa escala, que en los próximos diez no puedan pasar a segunda actividad, carecer de faltas graves o muy graves en sus expedientes y estar en posesión de un título de ingeniero técnico, arquitecto técnico, diplomado universitario o equivalente. 

En la promoción en la que se cubrieron las otras dos plazas de subinspector que se convocaron también se cubrió una de inspector y cuatro de oficiales. Estos nuevos siete mandos tomaron posesión en diciembre, tras realizar un curso estipulado en la Escuela de Policía Local de Algeciras. 

Es oportuno mencionarlo porque el gobierno local reactivó la provisión de otra plaza de subinspector que estaba paralizada por diversas circunstancias desde hace más de dos años. El candidato ya se ha examinado y sólo falta que lleve a cabo un curso de las características al mencionado para que jure el cargo, según explicó ayer el concejal de Seguridad Ciudadana, Jacinto Muñoz. 

Es decir, a medio plazo la Policía Local contará con cuatro nuevos subinspectores de los que no disponía hace pocos meses, un hecho que valoró Muñoz.



domingo, 22 de diciembre de 2013

FELICES FIESTAS!!!


sábado, 21 de diciembre de 2013

Modificación EBEP: Recuperamos 1 día de asuntos propios ...//... Modificación Ley 2/1986

En el BOE de hoy día 21, nº 305, se publica la Ley Orgánica 9/2013, de control de la deuda comercial en el sector publico, y entra en vigor mañana, según dispone su Disposición Final 7ª, salvo para algunos preceptos.

En dicha Ley, en su disposición adicional 4ª, se recoge una modificación del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), en el apartado k del artículo 48, que queda con la siguiente redacción: «Por asuntos particulares, cuatro días cada año».


 La modificación del EBEP para disponer de 4 días es efectiva desde mañana, desde cuando tendremos derecho a ese día, con lo cual son 4 para 2013.

ooooooooooooooooooooooOOOOooooooooooooooooooooooo

Igualmente, en la misma Ley, en su Disposición Final 1ª se recoge una modificación del articulo 53.3 de la Ley 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que queda de la forma siguiente:


jueves, 12 de diciembre de 2013

Admitida a trámite la cuestión de inconstitucionalidad en relación con el artículo 2 del Real Decreto-ley 20/2012

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 3 de diciembre actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 6632-2013 planteada por el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo número 7, en el procedimiento abreviado número 194/2013, en relación con el artículo 2 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, (Paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012 del personal del sector público) por posible vulneración del artículo 9.3 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC deferir a la Sala Segunda, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

Igualmente el Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la Cuestión de inconstitucionalidad n.º 6522-2013, en relación con el artículo 2.2 del Real Decreto-ley 20/2012 (El personal laboral no percibirá las cantidades en concepto de gratificación extraordinaria con ocasión de las fiestas de Navidad o paga extraordinaria o equivalente del mes de diciembre del año 2012)