Se trata de fijar las retribuciones y funciones de estos empleos, que afectan a los funcionarios que alcanzan la edad de 55 años. Se da respuesta así a una petición de las organizaciones sindicales.
Las causas determinantes para el pase a la segunda actividad son el cumplimiento de una edad determinada para cada escala, la disminución de las aptitudes psicofísicas para el desempeño de la función policial y el embarazo, según se recoge en el Decreto 135/2003, de 20 mayo.
1 comentario:
Ya era hora........hace ya 5 años que tenian que estar regulados los puestos de 2ª actividad!!!!
Esperemos que esta vez sea la buena y que se respeten los Acuerdos firmados hasta ahora.
Publicar un comentario