jueves, 2 de octubre de 2008
Un juez anula el traslado de un policía por "abuso" municipal
02/10/2008
R.V.• SEVILLA. EL CORREO DE ANDALUCIA
Cree que el cambio de funciones no estaba justificado "El agente pasó de ser escolta a policía de un distrito".
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 10 de Sevilla ha anulado una orden del Ayuntamiento en la que trasladaba a un agente destinado a la Unidad de Protección de Autoridades a otras áreas de la Policía Local, y le obliga a que se le reponga las condiciones laborales que tenía entonces, incluidas las económicas, con carácter retroactivo a la fecha del traslado, que se produjo en febrero de 2008.
La sentencia arremete duramente contra el Consistorio, pues califica de "sorprendente y verdaderamente abusivo" el hecho de que el Ayuntamiento no incluyera en la orden de traslado "la preceptiva información sobre los recursos que contra la misma cabían" y que, este argumento sea utilizado en el proceso judicial "a su favor". Incluso el juez llega a señalar que "desde luego, no vamos a ser nosotros quienes facilitemos este abuso de derecho de la administración local sevillana".
Asimismo, el fallo judicial rechaza el resto de las alegaciones municipales, que solicitaban que la demanda del agente no fuera admitida por estar presentada fuera de plazo. El juez rechaza el argumento al entender que el Ayuntamiento no contestó a la demanda administrativa interpuesta por el policía local, con lo que, "además de ser una enorme grosería", supone un reprochable incumplimiento de las obligaciones de la propia Administración", con lo que los plazos para recurrir ante la Justicia "no corren".
Según consta en la sentencia, el Ayuntamiento "vulnera" con dicha orden el Estatuto Básico del Empleado Público, ya que asegura que el traslado se produjo "bajo la excusa de la redistribución de efectivos", lo que para el magistrado supone "una finalidad" y no una motivación. Además, añade que en la resolución "no se explican las razones que concurren para realizar la redistribución de efectivos ni tampoco las razones de elegir a determinadas personas".
De esta forma, el juez anula la orden impugnada, con lo que el Ayuntamiento debe reponer las condiciones laborales del agente y pagarle, desde el pasado mes de febrero, el plus que cobraba por formar parte de la Unidad de Protección de Autoridades...........
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